Volver a tutoriales
Fiscalidad 15 min7 secciones

¿Binance informa a Hacienda? Cómo declarar Binance en la Renta y el Modelo 721

La respuesta corta es sí. Durante los años que operó en España, Binance envió tus saldos y operaciones a Hacienda, y la DAC8 mantiene ese rastro. Ahora que sale de España por MiCA, te explicamos qué ve la Agencia Tributaria, cuándo aplica el Modelo 721 y cómo declarar tus criptomonedas en la Renta.

Prerrequisitos

  • Tener (o haber tenido) una cuenta en Binance con operaciones de compra, venta o intercambio de criptomonedas.
  • Saber tu saldo total en criptomonedas a 31 de diciembre del año que vas a declarar.
  • Tener claro, a grandes rasgos, que las ganancias por vender o cambiar cripto tributan en la base del ahorro del IRPF.

1. ¿Binance informa a Hacienda? Respuesta directa

Sí. Y por dos vías distintas. Binance operó en España a través de una filial local, Moon Tech Spain, S.L. (también conocida como Binance Spain, S.L.), registrada en el Banco de España desde julio de 2022 con el número D661. Como entidad residente, cada año enviaba a la Agencia Tributaria dos declaraciones informativas con los saldos y las operaciones de sus usuarios. Y, desde 2026, la normativa europea DAC8 refuerza ese cruce de datos.

Actualización de julio de 2026: Binance no ha obtenido la licencia europea MiCA y está saliendo de forma ordenada del mercado español (la CNMV no prorrogó el plazo). Eso no borra lo que ya informó de los años en que operó, pero sí cambia tu situación de 2026 en adelante. Lo desglosamos abajo.

  • Tus saldos en criptomonedas a 31 de diciembre, con su valor en euros (Modelo 172).
  • Tus operaciones del año: compras, ventas e intercambios (Modelo 173).
  • Tus datos identificativos: nombre, NIF y las referencias de tu cuenta.

Que Binance informe no te libera de declarar tú. Sigues siendo responsable de incluir tus ganancias en la Declaración de la Renta. Hacienda cruza lo que informa el exchange con lo que declaras: si no cuadra, llega el requerimiento.

2. Modelos 172 y 173: lo que Binance ya declara por ti

Los Modelos 172 y 173 los aprobó la Orden HFP/887/2023 y se presentaron por primera vez en enero de 2024 (con datos de 2023). No los presentas tú: los presenta el exchange. Son la razón por la que Hacienda ya sabe que has tenido cripto en Binance.

  • Modelo 172 (Saldos): cada enero, Binance comunicaba el saldo de cada una de tus criptomonedas a 31 de diciembre del año anterior, valorado en euros.
  • Modelo 173 (Operaciones): Binance comunicaba tus compras, ventas, permutas (el cambio de una cripto por otra) y transferencias, con fechas e importes.

Solo las plataformas residentes en España (o con una oficina o filial real aquí, lo que la ley llama establecimiento permanente) presentan estos modelos. Binance España lo hacía mientras operó registrada. Un exchange sin presencia en España (por ejemplo KuCoin o Bybit) no presenta el 172/173. Pero eso no te deja a salvo: para eso está la DAC8 que vemos ahora.

3. DAC8: el cerco europeo desde 2026

Aunque uses un exchange de fuera de España, desde 2026 Hacienda también recibe tus datos. La Directiva europea DAC8 (Directiva UE 2023/2226) obliga a todos los proveedores de criptoactivos de la Unión Europea a informar de las operaciones de sus clientes a la administración tributaria de su país, que después intercambia esa información con el resto de la UE.

  • Las obligaciones de DAC8 se aplican desde el 1 de enero de 2026.
  • 2026 es el primer año sobre el que se informa.
  • El primer intercambio automático entre administraciones europeas se hará antes del 30 de septiembre de 2027.

La conclusión práctica: la época del "como es extranjero, Hacienda no lo ve" se acabó. Entre los Modelos 172/173 (exchanges españoles) y DAC8 (resto de la UE), tus operaciones con cripto son visibles. Declarar bien ya no es opcional.

4. ¿Tengo que presentar el Modelo 721 por mi cripto en Binance?

Aquí está la confusión más extendida, y donde casi todas las guías se equivocan. El Modelo 721 (Orden HFP/886/2023) lo presentas tú, y solo si tienes criptomonedas situadas en el extranjero por más de 50.000 € en conjunto a 31 de diciembre. Todo depende de qué se considera "en el extranjero".

El criterio de la Agencia Tributaria es claro: tu cripto está "situada en el extranjero" solo cuando quien la custodia (quien guarda tus claves privadas) no es residente en España. Es decir, para el 721 solo cuenta la cripto en plataformas que no presentan el Modelo 172.

Siempre que Binance España (Moon Tech Spain, S.L.) actuara como custodio residente y presentara el Modelo 172 por esos saldos, la cripto en Binance no se consideraba situada en el extranjero: quedaba fuera del 721 y no sumaba para el umbral de los 50.000 €. Es la conclusión de aplicar el criterio de la Dirección General de Tributos (consulta vinculante V2290-23, un criterio administrativo, no una sentencia), que exige que el custodio sea no residente para que la cripto cuente como extranjera. Si tu custodia real estuvo en una entidad de Binance no residente, un asesor podría concluir lo contrario.

  • NO cuenta para el 721: la cripto custodiada por una entidad residente en España que presenta el Modelo 172 (como lo fue Binance España mientras operó registrada).
  • NO cuenta para el 721: la cripto en monederos de autocustodia (Ledger, Trezor, MetaMask), donde controlas tú las claves y no hay un tercero que la guarde.
  • SÍ cuenta para el 721: la cripto en exchanges sin residencia en España (por ejemplo KuCoin o Bybit) si en conjunto superan los 50.000 € a 31 de diciembre.

Ojo con 2026: al salir Binance de España por MiCA, tendrás que mover tu cripto a otra plataforma o a un monedero propio. Dónde acabe decide si entra o no en el 721: si la dejas en un proveedor no residente en el extranjero, computa. Y recuerda que, una vez presentado el 721 un año, vuelves a presentarlo si el saldo conjunto sube más de 20.000 € respecto al último declarado, o si dejas de ser titular de alguna de las criptomonedas ya declaradas (al retirarlas, venderlas o cambiarlas): también hay que informar de esa baja.

Dos avisos para cerrar esta parte. Primero: quedar fuera del Modelo 721 no te exime de declarar tus ganancias en la Renta, son cosas distintas. Segundo: esto es información general, no asesoramiento fiscal a tu caso; si manejas saldos altos o tienes dudas sobre con qué entidad está tu cripto, confírmalo con un profesional.

5. Cómo declarar Binance en la Renta (IRPF)

Vender criptomonedas o cambiar una por otra genera una ganancia patrimonial (o una pérdida) que va en la base del ahorro de tu Renta, el mismo apartado donde tributan los intereses y los dividendos. No tributas por tener cripto: tributas cuando transmites.

  • Vender cripto por euros: tributa la diferencia entre lo que pagaste y lo que recibiste.
  • Cambiar una cripto por otra (permuta, por ejemplo BTC por ETH): también tributa, aunque no toques euros. Hacienda la valora por el mayor de dos importes: el valor de mercado de lo que entregas o el de lo que recibes.
  • Comprar y mantener (holdear): NO tributa hasta que vendes o cambias.
  • Recompensas de staking: tributan, según el criterio administrativo vigente, como rendimiento del capital mobiliario, es decir, igual que los intereses de un depósito (criterio DGT V1766-22).

Las ganancias se calculan con el método FIFO: se considera que vendes primero las monedas que compraste primero. Se integran en la base del ahorro, con esta escala para 2026:

  • Hasta 6.000 € → 19 %.
  • De 6.000 € a 50.000 € → 21 %.
  • De 50.000 € a 200.000 € → 23 %.
  • De 200.000 € a 300.000 € → 27 %.
  • Más de 300.000 € → 30 %.

Las pérdidas juegan a tu favor: si vendiste una cripto con pérdida, compensa las ganancias de otras ventas del mismo año. Lo que no compenses, lo puedes arrastrar los 4 años siguientes.

6. Cómo FARO te lo deja resuelto

Reunir cada compra, venta y permuta de Binance a mano, valorarlas en euros al cambio de cada día y aplicar FIFO es un lío, y más si además operas en otros exchanges. Ahí es donde casi todos fallan. FARO lo automatiza.

  • Descargas tu extracto o historial de operaciones de Binance en CSV y lo importas: FARO reconoce los tickers cripto (BTC, ETH, etc.) automáticamente.
  • Aplica FIFO y valora cada operación en euros, incluidas las permutas de una cripto por otra.
  • Consolida Binance con tus otros brokers y monederos en una sola cartera, para que la ganancia estimada del ejercicio se calcule bien aunque hayas movido cripto entre plataformas.
  • En el módulo de Fiscalidad ves tu ganancia estimada y generas un informe fiscal listo para trasladar a la Renta.

FARO es una herramienta de organización y cálculo, no un asesor fiscal. Para tu caso concreto — especialmente con saldos altos, herencias o residencia fiscal dudosa — contrasta siempre con un profesional.

Preguntas Frecuentes

¿Binance informa a Hacienda de verdad?

Sí. Mientras operó en España, Binance (a través de Moon Tech Spain, S.L., registrada en el Banco de España con el número D661) presentó cada año el Modelo 172 (tus saldos a 31 de diciembre) y el Modelo 173 (tus operaciones). Además, desde 2026 la Directiva europea DAC8 obliga a informar también a los exchanges del resto de la Unión Europea. Su salida de España no borra esos datos.

¿Tengo que declarar Binance en el Modelo 721?

Depende de dónde esté custodiada tu cripto. Mientras estuvo con Binance España (custodio residente que presentaba el Modelo 172), no: sus saldos no se consideraban situados en el extranjero ni sumaban para los 50.000 € (criterio DGT V2290-23). La cripto que tengas en exchanges sin residencia en España sí cuenta para el 721 si en conjunto supera ese importe. Con la salida de Binance de España en 2026, revisa a dónde trasladas tu cripto.

¿Y si no llego a los 50.000 €, tengo que declarar algo?

El Modelo 721 solo afecta a la cripto en el extranjero por encima de 50.000 €. Pero, con o sin 721, si has vendido o cambiado criptomonedas durante el año tienes que declarar esas ganancias o pérdidas en la Declaración de la Renta, sea cual sea el importe.

¿Cambiar una cripto por otra tributa aunque no pase por euros?

Sí. Cambiar Bitcoin por Ethereum, o usar una cripto para comprar otra, es una permuta: Hacienda lo trata como una venta y tributa la ganancia, aunque no hayas pasado por euros. Se valora por el mayor de dos importes: el valor de mercado de lo que entregas o el de lo que recibes.

¿Qué pasa con mi cripto ahora que Binance sale de España?

Al no conseguir la licencia europea MiCA, Binance está cerrando su operativa ordinaria en España desde julio de 2026. Tendrás que retirar tu cripto, trasladarla a una plataforma autorizada o pasarla a un monedero propio. Trasladar la misma moneda entre tus propias cuentas no genera ganancia (no es una venta). Pero ojo: si al cerrar operativa Binance convierte o vende forzosamente alguna de tus criptos (por ejemplo un token que deje de listar) a otra cripto o a una stablecoin, eso sí es una permuta y tributa, aunque no lo hayas ordenado tú. Y fíjate dónde queda tu saldo: si acaba en un proveedor no residente en el extranjero, puede entrar en el Modelo 721.

¿Qué pasa si no declaro mis cripto de Binance?

Hacienda ya tiene tus datos por los Modelos 172 y 173 y los cruza con tu declaración. Si hay ganancias sin declarar, puede iniciar un requerimiento con la cuota dejada de ingresar, intereses de demora y sanción. Con la DAC8 en vigor desde 2026, el margen para que "no se enteren" desaparece.

Meta Alcanzada

Sabrás qué información envía Binance a Hacienda, cómo saber si te corresponde presentar el Modelo 721 y cómo calcular y declarar tus ganancias de criptomonedas en la Declaración de la Renta.

¿Todo claro?

Aplica lo aprendido inmediatamente o revisa otras guías en el centro de conocimiento de FARO Academy.