¿Cómo funciona la Compensación de Pérdidas Patrimoniales en el IRPF?
Mecanismo fiscal del IRPF español que permite restar las pérdidas de la venta de activos de las ganancias obtenidas, reduciendo la factura fiscal. Las pérdidas no compensadas se arrastran hasta 4 años.
Por qué las pérdidas en bolsa pueden ser tu mejor aliado fiscal
Las reglas de compensación cruzada: cómo funciona con dividendos
La compensación no es libre: Hacienda establece límites sobre qué puede compensarse con qué. Regla 1 — Compensación directa (sin límite): Ganancias patrimoniales ↔ Pérdidas patrimoniales Ejemplo: Ganas 5.000€ vendiendo Apple y pierdes 3.000€ vendiendo Banco Santander → Pagas solo por 2.000€ netos. Regla 2 — Compensación cruzada (límite 25%): Rendimientos del capital mobiliario (dividendos, intereses, Letras) ↔ Pérdidas patrimoniales (hasta el 25%) Ejemplo: Tienes 2.000€ de dividendos y 5.000€ de pérdidas patrimoniales. Puedes compensar 500€ de dividendos (el 25% de 2.000€) con tus pérdidas. Los 4.500€ de pérdidas restantes se arrastran 4 años. Regla 3 — Lo que NO se puede compensar: Pérdidas patrimoniales NO compensan la base general del IRPF (sueldo, autónomos, alquiler). La compensación solo opera dentro de la base del ahorro.
La regla anti-aplicación: la trampa de recomprar lo que vendiste con pérdida
Atención Inversor
Esta es la regla que más sorprende a los inversores que descubren el Tax Loss Harvesting sin conocer sus límites. El problema: Si vendes acciones con pérdidas para materializar la pérdida fiscal, y luego las recompras en los 2 meses siguientes (o si ya las habías comprado en los 2 meses previos a la venta), Hacienda anula la pérdida. No se niega definitivamente: se difiere hasta que vendas definitivamente sin recomprar. La norma exacta: Artículo 33.5 de la Ley del IRPF. Se aplica a valores homogéneos (misma empresa, mismo mercado). No aplica entre activos similares pero distintos (vender Inditex y comprar LVMH está permitido). La solución: Si quieres materializar pérdidas pero mantener exposición al sector, sustituye el activo por uno similar pero no idéntico. Por ejemplo: - Vendes el ETF de S&P 500 de iShares → Compras el ETF de S&P 500 de Vanguard (son distintos fondos) - Vendes Inditex → Compras LVMH o H&M - Vendes Telefónica → Compras Vodafone FARO detecta automáticamente si has recomprado en menos de 2 meses y te avisa del riesgo de anulación de la pérdida.
Ejemplo completo: optimización fiscal con compensación
Caso Práctico
Elena tiene este resumen fiscal de 2025: Ganancias patrimoniales: - Venta de acciones de Nvidia: +8.000€ - Venta de ETF MSCI World: +2.000€ Total ganancias: +10.000€ Pérdidas patrimoniales: - Venta de acciones de Solaria: -4.500€ - Venta de acciones de ArcelorMittal: -1.500€ Total pérdidas: -6.000€ Compensación ganancias vs pérdidas: 10.000€ - 6.000€ = 4.000€ de ganancia neta Impuesto sobre 4.000€: 4.000€ × 19% = 760€ Sin compensación habría pagado: 10.000€ × 19% = 1.900€ Ahorro fiscal: 1.140€ por haber vendido las posiciones perdedoras antes de fin de año. Además, Elena tiene 1.200€ de dividendos ese año. Puede compensar hasta el 25% con sus pérdidas. Como las pérdidas ya compensaron todas las ganancias, no queda remanente para aplicar a dividendos este año. Pero si en otro año solo tuviera dividendos y pérdidas sin ganancias, podría compensar hasta 300€ de dividendos (25% de 1.200€).
El arrastre de pérdidas: qué pasa con las pérdidas que no puedes compensar
Consejo Fiscal
Si en un año tienes más pérdidas que ganancias, el saldo negativo no se pierde. Hacienda te permite arrastrarlo a los 4 ejercicios fiscales siguientes, con las mismas reglas de compensación. Ejemplo: En 2024 materializas 10.000€ de pérdidas y solo 3.000€ de ganancias. El saldo neto es -7.000€. Esos 7.000€ de pérdidas pendientes se pueden usar en 2025, 2026, 2027 o 2028 (hasta el 31/12/2028). Orden de aplicación: Hacienda aplica primero las pérdidas del año en curso, y después las pendientes de años anteriores, ordenadas por antigüedad (las más antiguas primero). El límite del arrastre: Si en los 4 años siguientes no tienes suficientes ganancias para compensarlas, las pérdidas caducan. Se pierde el beneficio fiscal. FARO hace el seguimiento automático de tus pérdidas pendientes de compensar y te avisa cuándo están próximas a caducar, para que puedas planificar.
FARO optimiza tu compensación de pérdidas automáticamente
- Calcula en tiempo real el saldo neto de ganancias y pérdidas patrimoniales de tu cartera durante el año.
- Detecta posiciones con pérdidas latentes y te avisa de oportunidades de Tax Loss Harvesting antes de fin de año.
- Lleva el registro de pérdidas pendientes de compensar año a año y te alerta cuando están próximas a caducar.
Preguntas Frecuentes (Compensación de Pérdidas Patrimoniales)
¿Las pérdidas de criptomonedas compensan ganancias de acciones?
Sí. Las pérdidas de criptomonedas son pérdidas patrimoniales y compensan directamente con ganancias patrimoniales de acciones, ETFs o fondos. Si vendiste Bitcoin con 3.000€ de pérdida y acciones de Apple con 5.000€ de ganancia, tu ganancia neta es 2.000€ y solo tributas por esa cantidad.
¿Puedo compensar pérdidas de un año con ganancias de años anteriores?
No. La compensación solo funciona "hacia adelante": las pérdidas de 2025 se compensan con ganancias de 2025, 2026, 2027 o 2028 (los 4 años siguientes). No puedes revisar declaraciones anteriores para compensar pérdidas actuales con ganancias pasadas ya declaradas.
¿Qué pasa si vendo con pérdidas y las acciones luego suben?
Fiscalmente, la venta con pérdidas ya está realizada. Si luego el precio sube y quieres volver a comprar, puedes hacerlo pasados 2 meses sin que la regla anti-aplicación invalide la pérdida. Pero desde un punto de vista de rentabilidad total, haberte perdido la subida puede no compensar el ahorro fiscal, especialmente si la subida es grande. Es un análisis coste-beneficio que depende de cada situación.
¿Las pérdidas de fondos de inversión también se pueden compensar?
Sí. Cuando reembolsas un fondo con pérdidas, esa pérdida es patrimonial y compensa con el resto de ganancias patrimoniales del año. La diferencia es que si haces un traspaso (de un fondo a otro) sin reembolsar, no hay pérdida ni ganancia: el traspaso no es un evento fiscal. Solo al reembolsar definitivamente se materializa la pérdida o ganancia.
¿FARO lleva el registro de mis pérdidas pendientes de compensar?
Sí. FARO calcula el saldo neto de ganancias y pérdidas de cada año, identifica las pérdidas no compensadas y las registra para su arrastre. En la siguiente campaña de la Renta, FARO te muestra cuántas pérdidas tienes pendientes, de qué año y cuándo caducan, para que puedas optimizar tu declaración.
¿Cuándo es el mejor momento del año para materializar pérdidas?
Antes del 31 de diciembre. La fecha de cierre del ejercicio fiscal es el 31 de diciembre. Para que una pérdida compute en el ejercicio actual, la venta debe ejecutarse antes de esa fecha (en condiciones de liquidación normal T+1 o T+2, el último día de negociación efectivo suele ser el 28-29 de diciembre). FARO monitoriza tus plusvalías latentes negativas durante el año y te alerta en noviembre-diciembre sobre oportunidades de TLH.